GUIA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE
IMPACTOS AMBIENTALES (IIA)
1.
METODOLOGÍA
La Ficha Ambiental tiene como objeto
la identificación preliminar de impactos y posibles medidas de mitigación,
procedimiento a través del cual se determina la categoría de EIA requerida
según el Artículo 25º de la Ley
del Medio Ambiente.
En tal sentido,
para facilitar la identificación de impactos y su magnitud relativa, se propone
el uso de la matriz M1, adjunta al formulario de la FA.
La metodología se completa con la identificación de
impactos “clave” (punto 17 de formulario) y la categorización del nivel de EIA
requerida.
El procedimiento
adoptado para realizar la IIA,
corresponde al denominado “cribado”, tal como se cita en la literatura
especializada.
Los aspectos de
criterio que deben ser considerados no son mutuamente excluyentes, puesto que
poseen una gran interrelación. Dichos
aspectos corresponden a las características definidas en la clasificación de
los impactos realizados en el punto 3 de la presente guía.
El proceso de
“cribado” de acuerdo con la técnica matricial adoptada por la Subsecretaría de
Medio Ambiente (SSMA) para la IIA
de la FA, consiste
en utilizar el formulario M1 que debe ser aplicado a todas y cada una de las
fases principales del proyecto que, dentro del ciclo convencional de los
proyectos, son las de explotación, ejecución (implementación o construcción),
operación, mantenimiento, abandono y una denominada “futuro inducido”, que
corresponde a actividades futuras y relacionadas con el proyecto.
En cada uno de los
formularios que corresponden a las fases indicadas se procederá a colocar, de preferencia
secuencialmente, las principales actividades inherentes a ellas, marcando luego
la celda de la matriz que incumbe al atributo ambiental afectado en forma
favorable o desfavorable por la acción.
Cada uno de los
impactos identificados, tomando en cuenta los atributos ambientales presentes,
serán calificados en positivos y negativos y, asimismo, serán cuantificados con
la escala de alto (3), moderado (2) y bajo (1), considerando su incidencia de
acuerdo a la secuencia y clasificación señaladas en el punto 3.
2.
BREVE DEFINICIÓN DE IMPACTOS
Para fines de
orientación, en las siguientes líneas se presenta una breve definición de los
tipos de impacto que considera la presente guía.
Impactos directos
e indirectos:
a) Directos: Corresponden a la cuantificación de los impactos directos en la salud y
bienestar de los seres humanos, otras formas de vida (animal o vegetal), o
en los ecosistemas. Se producen principalmente durante el periodo de ejecución del proyecto, aunque
pueden presentarse durante la fase de operación del mismo.
b) Indirectos: Considera los efectos que se derivan de las actividades cuyo
crecimiento o decaimiento se debe principalmente a la acción desarrollada por
el proyecto. Pueden también presentarse durante la fase de ejecución del mismo.
Impactos
permanentes y temporales:
a) Permanentes: Corresponden a los efectos que por sus características serán permanentes aunque
con un análisis cuidadoso pueden
determinarse medidas para evitarlos o al menos mitigarlos.
b) Temporales: Son aquellos que están presentes en ciertas etapas del
proyecto a partir de su ejecución. Duran
un cierto tiempo y luego cesan. Pueden
ser también mitigados, de ser muy severa su acción en el ambiente.
Impactos
extendidos y localizados:
a) Extendido: Si se manifiesta en una vasta
superficie.
b) Localizado: De efecto concreto, claramente localizado.
Impactos próximos
y alejados:
a) Próximos: Si el efecto de la acción se produce en las inmediaciones del
área del proyecto.
b) Alejados: Si el efecto se manifiesta a una distancia apreciable del área
del proyecto.
Impactos
reversibles e irreversibles:
a) Reversibles: Cuando las condiciones originales se restablecen de
forma natural, luego de un cierto
tiempo.
b) Irreversible: Si la sola participación de los procesos naturales es
incapaz de recuperar las condiciones originales.
Impactos
recuperables e irrecuperables:
a) Recuperables: Si se pueden realizar acciones o medidas correctivas, viables, que aminores, anulen
o reviertan los efectos, se logre no alcanzar o mejorar las condiciones originales.
b) Irrecuperables: Cuando no es posible la práctica de ninguna medida correctiva de mitigación o mejoramiento.
Impactos
acumulativos: Se producen cuando la suma de dos o más impáctos de baja
magnitud adquiere relevancia.
Impacto por
sinergia: Se producen cuando en ciertas ocasiones la acción
de dos o más impactos diferentes, de baja magnitud, adquieren relevancia al presentarse simultáneamente.
Por su magnitud los impactos negativos tienen la siguiente escala:
Bajos (-1): Cuando la
recuperación de las condiciones originales
requiere poco tiempo y no se precisan
medidas correctivas.
Moderados (-2): Cuando la
recuperación de las condiciones original
requiere cierto tiempo y suelen aplicarse medidas correctivas.
Altos (-3): Cuando la
magnitud de impacto exige la aplicación de medidas correctivas a fin de lograr
la recuperación de las condiciones iniciales o para la adaptación a nuevas condiciones
ambientales aceptables.
Esta escala podría ser ampliada con los conceptos de impactos
compatibles, neutros y hasta muy altos.
Sin embargo, para fines de la
IIA, los dos primeros no se tomarían en cuenta puesto que
prácticamente son nulos, exceptuando el caso cuando se transforman en
acumulados. El tercer calificativo
correspondería a situaciones irreversibles e irrecuperables que no serán
aceptadas por el SSMA.
La magnitud de los impactos positivos tiene la misma escala
señalada líneas arriba, pero con los conceptos contrarios.
3.
CLASIFICACION DE IMPACTOS
En la figura 1, se
presenta un método para calificar a los impactos de cada una de las actividades
del proyecto, que inciden sobre los atributos ambientales durante las
diferentes fases del proyecto. El
procedimiento para aplicar el método consiste en ejecutar los pasos señalados
secuencialmente. Los primeros dos pasos
son simples de aplicar, se deben hacer con un criterio lógico y con el
conocimiento adecuado de los objetivos y alcances del proyecto. Para el paso 3, en ciertas ocasiones es
preciso realizar trabajos o estudios adicionales, a fin de sustentar la
ponderación que se aplica.